lunes, 21 de enero de 2013

Jean-Jacques Rousseau (El Contrato Social)

Reduzcamos todo este balance a términos fáciles de comparar. Lo que pierde el hombre por el contrato social es su libertad natural y un derecho ilimitado a todo cuanto le tienta y que puede alcanzar; lo que gana es la libertad civil y la propiedad de todo cuanto posee. Para no engañarnos en estas compensaciones, hay que distingir bien la libertad natural que no tiene más limite que las fuerzas de individuo, de la libertad civil, que está limitada por la voluntad general, y la posesión, que no es más que el efecto de la fuerza del derecho del primer ocupante, de la propiedad que no puede fundarse sino sobre un título positivo.
Según lo precedente, podría añadirse a la adquisición del estado civil, la libertad moral, la única que hace al hombre auténticamente dueño de sí; porque el impulso del simple apetito es esclavitud, y la obediencia a la ley que uno se ha prescrito es libertad.

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